Conoce nuestro portafolio de respiradores descartables que están diseñados para ayudar a proporcionar protección respiratoria al trabajador con calidad y confiabilidad. Responde a las siguientes preguntas y enviaremos a tu correo la recomendación del producto adecuado a tus necesidades.
|
Elegir el respirador adecuado para cada proceso es clave. Si ya has comenzado tu programa de protección respiratoria y quieres contactar a un vendedor 3M haz clic en el cotizador.
|
La selección de protección respiratoria debe realizarse a partir de evaluaciones objetivas de riesgos. Estas evaluaciones son las mismas evaluaciones que realizan los Organismos Administradores o entidades particulares cuyos resultados sirven no sólo para determinar la existencia del riesgo, sino que también para determinar el tipo de protección respiratoria a utilizar.
La selección de elementos de protección respiratoria se realiza a partir de una metodología cuantitativa, la cual se puede encontrar en la "Guía para la Selección y Control de Equipos de Protección Respiratoria" , descárguela Aquí
a) Condiciones generales del ambiente de trabajo
ÁREA |
PUESTO |
PELIGROS ASOCIADOS |
ACTIVIDAD REALIZADA (Esfuerzo físico) |
NATURALEZA DEL CONTAMINANTE |
||||
Ambientales |
Otros EPP |
Liviano |
Moderado |
Alto |
Estado físico |
Toxicidad |
||
Húmeda |
Operador Nave EW |
Calor |
Casco, lentes, fonos |
|
X |
|
Neblina |
Irritante |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
b) Concentración de los contaminantes en los lugares de trabajo
AREA |
SECCIÓN |
CONTAMINANTE |
FECHA ULTIMA MEDICIÓN |
CAMBIOS EN EL PROCESO DESDE LA ULTIMA MEDICIÓN (*) |
Húmeda |
Nave EW |
Neblina ácida |
16/09/2015 |
NO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
(*) En el caso de que se hayan producido cambios en el área/proceso desde la última medición que puedan afectar a la concentración del contaminante (instalación de sistema de ventilación, cambio de maquinaria, etc.), indicar la fecha de programada para la nueva medición.
c) Límites de exposición permisibles vigentes
En el caso de que no existan límites permisibles nacionales, debe considerarse la utilización de normativas internacionales aceptadas por la Autoridad Sanitaria. (NIOSH, OSHA, ACGIH, MAK y otros).
CAS |
SUSTANCIA |
LÍMITE PERMISIBLE PONDERADO |
LÍMITE PERMISIBLE TEMPORAL |
NORMA |
||
p.p.m. |
mg/m3 |
p.p.m. |
mg/m3 |
|||
584-84-9 y 26471-62- 5 |
Tolueno - Di - Isocianato |
0,004 |
0,03 |
0,02 |
0,14 |
D.S. 594 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Corrección de Jornada:
Cuando la jornada de trabajo sobrepase las 8 horas diarias, el efecto de mayor dosis de tóxico que recibe el trabajador unida a la reducción del período de recuperación durante el descanso, se compensará multiplicando los límites permisibles ponderados del artículo 66 por el factor de reducción “Fj” que resulte de la aplicación de la fórmula siguiente, en que “h” será el número de horas trabajadas diarias:
Para una jornada de 8 horas diarias, con un total superior a 45 horas semanales y hasta 48 horas semanales, se utilizará Fj = 0,90. El factor “Fj” deberá expresarse con dos decimales, elevando el segundo de éstos al valor superior si el tercer decimal es igual o superior a cinco y despreciando el tercer decimal si fuere inferior a cinco. No deberán efectuarse aproximaciones parciales”.
El factor “Fa” deberá expresarse con dos decimales, elevando el segundo de éstos al valor superior si el tercer decimal es igual o superior a cinco y despreciando el tercer decimal si fuere inferior a cinco.
Corrección de altura geográfica:
En lugares de trabajo en altura y con jornada diaria mayor a 8 horas se corregirá el límite permisible ponderado multiplicándolo sucesivamente por cada uno de los factores definidos en el punto anterior y el Fa, respectivamente. Se utilizará un Fj = 0,90 para la condición establecida en el punto anterior. Los límites permisibles temporales y absolutos se ajustarán aplicando solamente el factor “Fa” siguiente:
Cuando los lugares de trabajo se encuentran a una altura superior a 1.000 metros sobre el nivel del mar, los límites permisibles absolutos, ponderados y temporales expresados en mg/m3 y en fibras/ cc, se deberán multiplicar por el factor “Fa” que resulta de la aplicación de la fórmula siguiente, en que “P” será la presión atmosférica local medida en milímetros de mercurio:
d) Factor de protección asignado al equipo de protección respiratoria:>
Ver Tabla 1 de punto 3.2. de la “Guía para la selección y control de equipos de protección respiratoria” del Instituto de Salud Pública.
e) Certificación de la Protección Respiratoria de acuerdo a la normativa vigente:
Dado que actualmente no existe laboratorio certificados acreditado por el Instituto de Salud Pública para certificar bajo normativa nacional la calidad de los equipos de protección respiratoria, la protección respiratoria a utilizar contará con certificación internacional y deberá contar con inscripción en el Registro de Fabricantes e Importadores de Equipos de Protección Personal del Instituto de Salud Pública (RFI).
Los certificados de calidad e inscripciones en el RFI correspondientes de los equipos de protección respiratoria utilizados por la empresa ------------- en su proyecto/faena ----------------- se encuentran debidamente archivados en ----------------------.
3.2. Factor de protección requerido
3.2.1. Cálculo del índice de protección
Todos los equipos de protección respiratoria tienen asignado un factor de protección que indica el grado de protección respiratoria que proporcionará al trabajador que lo use; cuanto más alto, mayor será la protección respiratoria proporcionada. Para saber el factor de protección que el equipo deberá proporcionar se debe determinar el ÍNDICE DE PROTECCIÓN (IP). Este se calcula dividiendo la concentración del contaminante (la cual debe ser representativa se acuerdo al tipo de límite permisible) por el límite de exposición permitido.
Para realizar los cálculos del índice de protección, se tomarán los datos aportados por el Organismo Administrador en el “Informe Técnico de Evaluación Cuantitativa de Exposición Ocupacional a Sílice” N°054/2015..
ÁREA/SECCIÓN |
Puesto de trabajo/GES |
Concentración ambiental (SiO2) |
L.P.P. (corregido) |
Índice de protección |
Chancado II |
Operador |
0,09 mg/m3 |
0,03 mg/m3 |
3 |
|
|
|
|
|
1.4.2. Cálculo del Factor de Protección Requerido y Selección del Tipo de Protección Respiratoria
Con el valor del Índice de Protección se determina el FACTOR DE PROTECCIÓN requerido del equipo de protección respiratoria, de acuerdo con la Tabla N°1 Índice Protección y Factor de Protección Requerido del Equipo de la “Guía para la selección y control de protección respiratoria” del ISP.
Índice de Protección |
Factor de Protección |
1-9 |
10 |
10-49 |
50 |
50-99 |
100 |
100-999 |
1.000 |
1.000-10.000 |
10.000 |
ÁREA/SECCIÓN |
Puesto de trabajo/GES |
Índice de Protección |
Factor de Protección Requerido |
Tipo de Protección Respiratoria Seleccionada |
Chancado II |
Operador |
3 |
10 |
Respirador de medio rostro con filtros contra material particulado de alta eficiencia |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Tabla 8: Factor de Protección Requerido y Tipo de Protección Respiratoria Seleccionada
En el Anexo 2 de este documento, se propone una ficha de ayuda para la selección de un EPR; la ficha puede ser modificada según la necesidad de la empresa.
Esta información es de carácter general y está basada en requisitos actuales disponibles en el sitio web del Instituto de Salud Pública de Chile y otras entidades gubernamentales, que a lo largo del tiempo podrían actualizarse. No deben tomarse decisiones específicas basadas en la información contenida en este Programa. Antes de tomar cualquier decisión específica se debe consultar el sitio web www.ispch.cl, las leyes y normas locales y las indicaciones e instrucciones para el usuario proporcionadas por el fabricante. Leer esta información no certifica ni garantiza competencia en seguridad y salud, ni en dispositivos respiratorios de ninguna clase. No se deberá tener en cuenta la información contenida en este Programa de forma aislada, ya que el contenido, por lo general, está acompañado de información adicional o complementaria. El uso incorrecto de dispositivos respiratorios puede privarlo de la protección para la que han sido diseñados y podría causar daños a la salud de las personas. La información de este Programa tiene vigencia a partir de la fecha de publicación y los requisitos pueden modificarse en el futuro. 3M no se hace responsable de las decisiones específicas de elección de un dispositivo respiratorio u otras medidas de protección que puedan tomarse en base a la información contenida en este Programa ni se hace responsable por cualquier daño o perjuicio, de cualquier naturaleza, que pudiera derivarse del mal uso de los productos.